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Concepción Global Law

ÁREAS DE PRÁCTICA

Lista de verificación para la planificación fiscal de la expatriación

Ciudadanos estadounidenses y titulares de la tarjeta de residencia permanente: pasos clave antes, durante y después de la expatriación.

Renunciar a la ciudadanía estadounidense o a la residencia permanente no es simplemente una decisión migratoria, sino uno de los eventos fiscales más trascendentales en la legislación estadounidense. Para los expatriados sujetos a esta normativa, la Sección 877A impone un impuesto de salida sobre el valor de mercado de todos sus activos mundiales el día anterior a la expatriación. La Sección 2801 impone un impuesto de transferencia a los familiares estadounidenses que reciban donaciones o legados en el futuro. Además, el requisito de certificación de cumplimiento de cinco años implica que las personas con declaraciones de impuestos no presentadas o con declaraciones informativas internacionales incumplidas no pueden obtener la condición de no sujetos a esta normativa sin antes regularizar su situación.

Esta lista de verificación abarca los pasos clave que deben seguirse antes, durante y después de la expatriación. Cuanto antes comience la planificación, más opciones estarán disponibles. Muchas de las estrategias más efectivas —donaciones previas a la expatriación, planificación del ajuste de la base imponible, opciones de compensación diferida y reestructuración de fideicomisos extranjeros— requieren varios años para su correcta ejecución.

¿Quién debería usar esto?

Esta lista de verificación está dirigida a ciudadanos estadounidenses que estén considerando renunciar a su ciudadanía y a titulares de la tarjeta verde a largo plazo que estén considerando abandonar su estatus de residente permanente, así como a los abogados y asesores que trabajan con ellos. Es más eficaz si se utiliza entre 2 y 5 años antes de la fecha prevista de expatriación, aunque resulta valiosa en cualquier etapa del proceso.

Sección 1

Análisis de expatriados cubiertos

El hecho de ser un expatriado sujeto a impuestos determina el alcance total del análisis del impuesto de salida. Las tres pruebas son independientes: no superar cualquiera de ellas conlleva la condición de expatriado sujeto a impuestos.

  • Determina tu patrimonio neto a la fecha prevista de expatriación, incluyendo los activos mundiales a su valor justo de mercado, netos de pasivos.

El umbral de patrimonio neto actual es de 2 millones de dólares. Los activos mantenidos en fideicomisos, cuentas de jubilación y entidades extranjeras pueden tenerse en cuenta según las circunstancias. Se requiere un análisis de valoración minucioso.

  • Calcule su obligación tributaria promedio anual sobre la renta neta correspondiente a los cinco años fiscales anteriores al año previsto de expatriación.

El umbral actual es de $206,000, ajustado anualmente por inflación. Este monto no corresponde a los ingresos brutos, sino al impuesto sobre la renta neto estadounidense declarado en su declaración de impuestos. Si ha tenido años con altos ingresos o ganancias de capital significativas, este umbral podría ser determinante.

  • Revise su historial de declaraciones de impuestos en los Estados Unidos correspondiente a los cinco años anteriores a su expatriación; confirme que se hayan presentado todas las declaraciones requeridas y que se hayan pagado todos los impuestos.

La certificación de cumplimiento de cinco años en el Formulario 8854 exige que haya presentado todas las declaraciones requeridas, pagado todos los impuestos y cumplido con todos los requisitos de presentación de informes. Si no certifica, se le considerará expatriado sujeto a la normativa, independientemente de su patrimonio neto o ingresos, incluso si de otro modo estaría por debajo de ambos umbrales.

  • Identifique cualquier declaración no presentada, declaración informativa internacional omitida (FBAR, formularios 5471, 8621, 3520, etc.) o impuestos impagos que deban regularizarse antes de la expatriación.
  • Analizar si existen estrategias para reducir el patrimonio neto o la obligación tributaria promedio por debajo de los umbrales, incluyendo donaciones previas a la expatriación, contribuciones caritativas y el momento de la expatriación.
  • Si usted es ciudadano con doble nacionalidad y adquirió la ciudadanía estadounidense al nacer, analice si se aplica la exención para ciudadanos con doble nacionalidad del estatus de expatriado cubierto según la Sección 877A(g)(1)(B).

La exención por doble ciudadanía requiere que usted: (1) haya adquirido la ciudadanía estadounidense y de otro país al nacer; (2) siga siendo ciudadano y residente fiscal del otro país; y (3) no haya sido residente estadounidense durante más de diez años fiscales en los quince anteriores. Aún se requiere una certificación de cumplimiento de cinco años.

Sección 2

Análisis de residentes a largo plazo: titulares de la tarjeta verde

Los titulares de la tarjeta verde están sujetos al impuesto de salida únicamente si cumplen los requisitos para ser considerados "residentes de larga duración" según la regla de los ocho años. Este análisis debe realizarse antes de tomar cualquier decisión de renunciar a la tarjeta verde.

  • Cuenta el número de años fiscales en los que tuviste una tarjeta de residencia permanente (green card) en el período de quince años que finaliza con el año en que planeas renunciar a ella.

Un año cuenta si usted fue residente permanente legal en algún momento durante el año fiscal, independientemente de cuándo obtuvo o planea renunciar a dicho estatus. Incluso un solo día como residente permanente legal en un año determinado cuenta como un año completo.

  • Analice si se debe excluir algún año del cómputo porque usted optó por ser tratado como residente no estadounidense en virtud de un tratado fiscal aplicable (y presentó el Formulario 8833 en consecuencia).

Un año en el que se le consideró residente no estadounidense debido a una elección de desempate basada en un tratado no cuenta para el umbral de ocho años, pero esto requiere que la elección se haya realizado realmente y se haya informado correctamente.

  • Determinar si es factible y aconsejable renunciar a la tarjeta verde antes de alcanzar los ocho años de residencia a largo plazo; esto evita por completo el régimen del impuesto de salida.
  • Si ya es residente a largo plazo, continúe con el análisis de expatriados cubierto en la Sección 1 y el modelo de impuesto de salida en la Sección 3.
  • Confirme el método adecuado para el abandono de la residencia: presentar el Formulario I-407 (Registro de Abandono del Estatus de Residente Permanente Legal) ante el USCIS o, en algunos casos, presentar una declaración de impuestos estadounidense como no residente y enviar el Formulario 8854.

Sección 3

Modelado de impuestos de salida

Si usted es (o será) un expatriado sujeto a esta normativa, el impuesto de salida exige el reconocimiento de las ganancias de mercado sobre todos sus activos a nivel mundial. Es fundamental planificar el cálculo del impuesto antes de la expatriación, ya que esto determina la planificación necesaria y las estrategias más eficaces.

  • Prepare un inventario completo de todos los activos a nivel mundial: bienes inmuebles, valores, participaciones empresariales, cuentas de jubilación, fideicomisos extranjeros, compensación diferida, propiedad intelectual y otros bienes.
  • Obtenga tasaciones actuales del valor justo de mercado para todos los activos, en particular para las participaciones en empresas familiares, los bienes inmuebles y otros activos que no cotizan en bolsa.
  • Determine la base fiscal ajustada de cada activo: la diferencia entre el valor justo de mercado y la base es la ganancia (o pérdida) latente sujeta al impuesto de valoración a precios de mercado.
  • Identifique los activos que están excluidos del régimen de valoración a precios de mercado y que están sujetos a un tratamiento separado, incluidos los elementos de compensación diferida, las cuentas específicas con impuestos diferidos y las participaciones en fideicomisos no constituidos por el otorgante.
  • Aplique la exclusión anual (actualmente 866.000 dólares, ajustada por inflación) para reducir la ganancia imponible; asigne la exclusión estratégicamente entre los activos que generen mayores ganancias.

La exclusión es un importe único que se aplica en la fecha de expatriación, no una exclusión anual. No se puede transferir ni aplicar a transacciones futuras.

  • Modela la obligación tributaria total por salida del país antes y después de aplicar estrategias de planificación previas a la expatriación para determinar la magnitud de la exposición y el valor de la planificación.
  • Analizar si es posible deshacerse estratégicamente de algún activo con pérdidas inherentes antes de la fecha de expatriación para generar pérdidas que puedan compensar las ganancias del último año.

Sección 4

Estrategias de planificación previa a la expatriación

La planificación previa a la expatriación puede reducir sustancialmente o eliminar la exposición al impuesto de salida, pero la mayoría de las estrategias requieren tiempo para ejecutarse y deben comenzar años antes de la fecha prevista de expatriación.

Paso Acción Qué debes saber
Regalo Evalúe las donaciones previas a la expatriación: la transferencia de activos revalorizados a familiares no estadounidenses o al cónyuge antes de la fecha de expatriación los excluye de la base de valoración a precios de mercado. Los obsequios a un cónyuge que no sea ciudadano estadounidense pueden estar sujetos a la exención anual para obsequios a cónyuges no ciudadanos (185 000 dólares en 2024) y, potencialmente, al impuesto sobre donaciones sobre los montos que superen dicha exención. Los obsequios a familiares que no sean ciudadanos estadounidenses no están sujetos al impuesto sobre donaciones de EE. UU. si el bien obsequiado se encuentra fuera de los Estados Unidos. Se requiere planificación.
Paso de base Considere la posibilidad de vender y recomprar activos estadounidenses que se hayan revalorizado antes de la expatriación para aumentar la base imponible, reconociendo la ganancia mientras aún sea residente estadounidense y pagando impuestos a las tasas vigentes, en lugar de a las tasas impositivas de salida sobre una ganancia latente mayor. Los impuestos se pagan ahora sobre la ganancia de hoy, en lugar de más adelante sobre una ganancia presunta mayor al momento de la venta.
Donar Analizar si las donaciones caritativas de bienes revalorizados antes de la expatriación pueden reducir la base de valoración a precios de mercado y, al mismo tiempo, generar una deducción actual. Elimina el activo de la base imponible del impuesto de salida y genera una deducción en el mismo año.
Intereses de las CFC Para los intereses de las CFC, evalúe si la reestructuración previa a la expatriación, incluidas las elecciones de tipo "check-the-box", las liquidaciones o las reorganizaciones, puede reducir el impuesto de salida sobre la ganancia latente de la CFC. Los cambios en la clasificación de la entidad deben estar vigentes antes de la fecha de expatriación para que se tengan en cuenta.
participaciones de PFIC En el caso de las participaciones en PFIC, considere la posibilidad de deshacerse de ellas antes de la expatriación para reconocer las ganancias mientras aún sea residente estadounidense, en lugar de someterlas al régimen del impuesto de salida. Una venta realizada antes de la expatriación se grava una sola vez según las normas de las PFIC; de lo contrario, se aplicaría además el impuesto de salida.
fideicomisos extranjeros En el caso de fideicomisos extranjeros, conviene analizar si la reestructuración del fideicomiso antes de la fecha de expatriación —incluidos los cambios en el fiduciario, las disposiciones de distribución o la condición de fideicomiso del otorgante— reduce la exposición al impuesto de salida. Los intereses fiduciarios pueden valorarse y tributar de forma diferente según la condición del fideicomitente en la fecha de salida.
Momento Planifique estratégicamente la fecha de expatriación: la expatriación a finales de año frente a la de mediados de año puede afectar al cálculo del año de doble estatus y a la asignación de ingresos entre los períodos de residencia y no residencia. La fecha elegida divide el último año en períodos de residencia y no residencia a efectos de presentación de informes.

Sección 5

Planificación de compensación diferida

La compensación diferida es uno de los aspectos más complejos de la planificación fiscal en la expatriación. La clasificación como elegible o no elegible determina si el impuesto se aplica inmediatamente al momento de la expatriación o se difiere hasta el pago, una distinción crucial para grandes saldos de pensiones y compensaciones.

  • Inventarie todos los planes de compensación diferida: planes calificados de EE. UU. (401(k), pensión), compensación diferida no calificada, opciones sobre acciones, acciones restringidas, planes de pensiones extranjeros y planes similares.
  • Clasifique cada acuerdo como compensación diferida "elegible" o "no elegible" para los fines de la Sección 877A.

Los elementos de compensación diferida elegibles —incluidos la mayoría de los planes y acuerdos que cumplen con los requisitos fiscales de EE. UU.— están sujetos a una retención del 30 % cuando se efectúan los pagos después de la expatriación. Los elementos no elegibles —incluidos la mayoría de los planes de pensiones extranjeros y los acuerdos que no cumplen con los requisitos— se incluyen en los ingresos a su valor actual en la fecha de expatriación. Esta distinción es fundamental para saldos elevados.

  • Para los conceptos de compensación diferida que cumplan los requisitos, confirme que el pagador (administrador del plan o empleador) aplicará una retención del 30 % sobre los pagos posteriores a la expatriación y presente el formulario W-8CE requerido.

La solicitud para que un elemento se considere compensación diferida elegible debe presentarse ante el pagador mediante el formulario W-8CE antes de la fecha de expatriación. Si no se presenta esta solicitud, el elemento podría considerarse no elegible.

  • Para los elementos de compensación diferida no elegibles, modele la inclusión del valor presente en la fecha de expatriación y evalúe si la distribución, conversión o reestructuración previa a la expatriación puede reducir la exposición.
  • Analice las opciones sobre acciones y las acciones restringidas: el tratamiento depende de si las adjudicaciones están consolidadas o no, y de si son de origen estadounidense o extranjero. Las adjudicaciones no consolidadas pueden estar sujetas a normas especiales.
  • Confirme que se hayan tenido en cuenta los saldos de las cuentas IRA y otras cuentas individuales de jubilación: las cuentas IRA tradicionales que poseen los expatriados cubiertos generalmente se consideran distribuidas en la fecha de expatriación, sujetas al impuesto sobre la renta pero no a la penalización del 10 % por retiro anticipado.

Sección 6

Certificación de cumplimiento de cinco años

La certificación de cumplimiento de cinco años es un requisito indispensable para evitar la condición de expatriado sujeto a la prueba de cumplimiento. Requiere haber presentado todas las declaraciones de impuestos estadounidenses y las declaraciones informativas internacionales obligatorias, haber pagado todos los impuestos y haber cumplido con todos los requisitos de presentación de informes durante los cinco años anteriores a la expatriación.

  • Obtenga copias de todas las declaraciones de impuestos federales sobre la renta de EE. UU. presentadas durante los cinco años fiscales anteriores al año previsto de la expatriación.
  • Confirme que se presentó el formulario FBAR (Formulario 114 de FinCEN) para cada año en que las cuentas financieras extranjeras superaron los $10,000 en valor total.
  • Confirme que se presentaron todas las declaraciones informativas internacionales requeridas (formularios 5471, 8865, 8858, 8621, 3520 y 3520-A) para cada año aplicable.
  • Identifique cualquier deficiencia en el cumplimiento normativo (declaraciones no presentadas, declaraciones informativas omitidas o impuestos impagados) y elabore un plan de subsanación antes de la expatriación.

Las opciones de subsanación incluyen los Procedimientos Simplificados de Cumplimiento de la Declaración (para contribuyentes que no actuaron intencionalmente), los Procedimientos para la Presentación Atrasada del FBAR y el Programa de Divulgación Voluntaria del IRS. La vía apropiada depende de la naturaleza y la intencionalidad del incumplimiento.

  • Confirme que se hayan pagado todos los impuestos aplicables, incluidos los pagos insuficientes, las multas y los intereses, para que el Formulario 8854 pueda completarse con una certificación veraz.
  • Si se requiere subsanar deficiencias en el cumplimiento normativo, se debe secuenciar cuidadosamente la subsanación y la expatriación: la expatriación antes de lograr el cumplimiento total da como resultado la condición de expatriado sujeto a la prueba de cumplimiento, independientemente del patrimonio neto o los ingresos.

Sección 7

Sección 2801 — Planificación para familiares de personas estadounidenses

La Sección 2801 impone un impuesto sobre las transferencias a las personas estadounidenses que reciben donaciones o legados de expatriados sujetos a esta normativa. Si bien la planificación para la aplicación de la Sección 2801 suele pasarse por alto, para las familias con hijos o nietos estadounidenses, puede ser la consecuencia a largo plazo más significativa de la condición de expatriado sujeto a esta normativa.

  • Identifique a todos los miembros de su familia que sean ciudadanos estadounidenses y que puedan recibir regalos o legados de su parte después de su expatriación, incluidos hijos, nietos y otros beneficiarios.
  • Analice la magnitud de la posible exposición a la Sección 2801: el impuesto se aplica a la tasa más alta del impuesto sobre donaciones y sucesiones (actualmente el 40%) sobre todas las transferencias cubiertas después de la fecha de expatriación.
  • Considere la posibilidad de hacer donaciones a familiares que sean ciudadanos estadounidenses antes de la fecha de expatriación; las transferencias previas a la expatriación no están sujetas a la Sección 2801 (aunque pueden estar sujetas al impuesto sobre donaciones).

Las donaciones previas a la expatriación deben analizarse cuidadosamente en el contexto del umbral de patrimonio neto; las donaciones realizadas para reducir el patrimonio neto antes de la expatriación pueden afectar el análisis del expatriado cubierto. La interacción entre las estrategias de donaciones previas a la expatriación y la planificación de la Sección 2801 requiere un análisis coordinado.

  • Si usted mantiene activos en fideicomiso para beneficiarios estadounidenses, analice cómo se aplica la Sección 2801 a las distribuciones del fideicomiso; las transferencias indirectas a través de fideicomisos extranjeros están cubiertas por la Sección 2801 en determinadas circunstancias.
  • Informe a los familiares que sean ciudadanos estadounidenses sobre sus obligaciones de declaración conforme a la Sección 2801: están obligados a presentar el Formulario 708 y pagar el impuesto sobre los obsequios y legados cubiertos que reciban de un expatriado cubierto.
  • Considere si la reestructuración de su plan patrimonial, incluido el uso de fideicomisos, estructuras corporativas u otros mecanismos, puede reducir la exposición a la Sección 2801 para los beneficiarios estadounidenses en futuras transferencias.

Sección 8

Cumplimiento normativo del último año y trámites posteriores a la expatriación

El año de expatriación exige un cumplimiento riguroso: una declaración de doble estatus, el formulario 8854 y la coordinación de todas las obligaciones fiscales estadounidenses del último año. Tras la expatriación, las obligaciones pueden prolongarse durante varios años.

  • Prepárese para presentar una declaración de impuestos con doble estatus en el año de la expatriación, que abarque el período de residencia (desde el 1 de enero hasta la fecha de expatriación) y el período de no residencia (desde la fecha de expatriación hasta el 31 de diciembre).
  • Presente el formulario 8854 (Declaración inicial y anual de expatriación) junto con su declaración de impuestos estadounidense del último año; esto es obligatorio para todos los ciudadanos y residentes de larga duración que se expatrian, estén o no cubiertos por la ley.

Para los expatriados sujetos a esta normativa, el formulario 8854 requiere un balance general y un estado de resultados, cálculos de ganancias por valoración a precios de mercado y cronogramas de compensación diferida. Es un formulario complejo que requiere una preparación minuciosa.

  • Analice los ingresos de fuente estadounidense posteriores a la expatriación: como extranjero no residente después de la expatriación, los ingresos de fuente estadounidense están sujetos a retención según las Secciones 1441 y 877(b), potencialmente a tasas punitivas para los expatriados cubiertos.
  • Si corresponde, presente el Formulario 8854 anualmente para los años subsiguientes en los que tenga partidas de impuestos diferidos sujetas a la Sección 877A; la obligación de presentación anual continúa hasta que se resuelvan todas las partidas diferidas.
  • Coordínate con un abogado extranjero en tu nuevo país de residencia para asegurarte de que la expatriación y cualquier transacción previa a la expatriación se reflejen correctamente en tus declaraciones de impuestos en el extranjero.
  • Tras su expatriación, notifique a las instituciones financieras estadounidenses, a los administradores de planes y a otros pagadores su condición de extranjero no residente, y asegúrese de que la retención se aplique correctamente a cualquier pago restante procedente de Estados Unidos.
  • Conserve copias de todos los documentos relacionados con la expatriación de forma indefinida: el formulario 8854, la declaración del último año y la documentación de planificación previa a la expatriación pueden ser relevantes durante años después de la fecha de expatriación.

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