Skip to main content

Concepción Global Law

ÁREA DE PRÁCTICA

Arbitraje entre inversores y Estados

Reclamaciones basadas en tratados entre inversores extranjeros y Estados soberanos: procedimientos del CIADI y de la CNUDMI derivados de tratados bilaterales de inversión, acuerdos de libre comercio e instrumentos multilaterales.

Desde la evaluación de la viabilidad de las reclamaciones hasta la ejecución de las resoluciones de inversión.

DESCRIPCIÓN GENERAL

Protección de las inversiones transfronterizas

El derecho internacional de inversiones protege a los inversores extranjeros contra la injerencia del Estado anfitrión mediante una red de tratados bilaterales de inversión (TBI), capítulos de inversión de acuerdos de libre comercio e instrumentos multilaterales. Cuando un Estado expropia, discrimina o no proporciona un trato justo y equitativo, los inversores pueden presentar demandas directamente contra dicho Estado ante tribunales arbitrales internacionales.

Estos procedimientos se encuentran entre los más complejos del derecho internacional, ya que involucran cuestiones de derecho internacional público, inmunidad soberana, interpretación de tratados y cuantificación de daños. Una representación eficaz requiere abogados con amplia experiencia tanto en las normas sustantivas de los tratados como en los marcos procesales que rigen los procedimientos entre inversores y Estados.

Desde la evaluación de la viabilidad de las reclamaciones hasta la ejecución de las resoluciones de inversión.

EVALUACIÓN

Marco de evaluación de reclamaciones

Evaluamos cada reclamación entre inversor y Estado en función de cinco dimensiones críticas antes de recomendar un curso de acción.

Jurisdicción y cobertura de los tratados

Identificación de los tratados bilaterales de inversión (TBI), los capítulos de inversión de los acuerdos de libre comercio y los instrumentos multilaterales aplicables. Análisis de los mecanismos de consentimiento, las cláusulas de bifurcación y los períodos de espera.

Nacionalidad y situación del inversor

Evaluación de los requisitos de nacionalidad, las consideraciones sobre la estructura corporativa, las disposiciones relativas a la denegación de beneficios y la situación de los inversores indirectos o minoritarios en virtud del tratado aplicable.

Inversión protegida

Evaluación de si el activo califica como una "inversión protegida" según el tratado, incluidos los criterios de Salini, las definiciones basadas en la empresa y las formulaciones basadas en el activo.

Conducta del Estado

Análisis de las medidas adoptadas por el Estado anfitrión en relación con las normas de los tratados: expropiación (directa e indirecta), trato justo y equitativo (TGE), protección y seguridad plenas, no discriminación y cláusulas generales.

Daños y cuantía

Desarrollo de marcos de cálculo de daños —valor justo de mercado, flujo de caja descontado, transacciones comparables y costes irrecuperables— en coordinación con expertos en valoración de daños.

METODOLOGÍA

Nuestro enfoque

Una metodología estructurada para las reclamaciones derivadas de tratados, desde la evaluación de la viabilidad hasta su aplicación.

Viabilidad de la reclamación

  • Mapeo de tratados y análisis jurisdiccional

  • Evaluación de la nacionalidad y la situación del inversor

  • Evaluación de la conducta del Estado conforme a las normas del tratado

  • Daños preliminares y marco cuántico

  • Análisis de costo-beneficio del arbitraje frente a soluciones alternativas

Estrategia previa a la presentación de la solicitud

  • Requisitos de interpretación del tratado y de consulta amistosa
  • Coordinación con los procedimientos internos y los abogados locales.

  • Preservación de pruebas y recopilación de documentos

  • Asesoramiento experto: responsabilidad, cuantificación de daños e industria.

  • Evaluación de financiación por terceros (si procede)

Procedimientos y ejecución

  • Solicitud de arbitraje y alegaciones jurisdiccionales

  • Defensa de los monumentos conmemorativos: méritos y cuantía

  • Preparación de la audiencia oral y coordinación de testigos

  • Presentaciones y costos posteriores a la audiencia

  • Planificación de anulación, revocación y ejecución

RECLAMOS

Tipos de reclamaciones en virtud de tratados

Protecciones derivadas de tratados que pueden dar lugar a reclamaciones de inversores contra Estados.

Expropiación directa e indirecta

La incautación de activos, la nacionalización y las medidas regulatorias equivalen a una expropiación que priva sustancialmente al inversionista del valor de su inversión.

Trato Justo y Equitativo (FET)

Incumplimiento de las expectativas legítimas del inversor, conducta arbitraria, falta de debido proceso, incumplimiento de la obligación de proporcionar un marco jurídico transparente y estable.

Protección y seguridad totales

Incumplimiento de la obligación de proteger la seguridad física y jurídica del inversor, incluso frente a la injerencia de agentes estatales o no estatales.

Trato Nacional y NMF

Trato discriminatorio a los inversores extranjeros en relación con los inversores nacionales (trato nacional) o con los inversores procedentes de otros estados signatarios de tratados (nación más favorecida).

Negación de justicia

Fallos sistémicos en el sistema judicial del Estado anfitrión —que incluyen demoras indebidas, falta de acceso a los tribunales y sentencias manifiestamente injustas— que niegan al inversor un recurso efectivo.

Interferencia regulatoria

Cambios normativos, revocaciones de permisos o acciones administrativas que perjudiquen la inversión sin una compensación adecuada ni el debido proceso.

FOROS

Experiencia en procedimientos

Profundidad en los marcos institucionales que rigen los procedimientos entre inversores y Estados.

CIADI

Procedimientos ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) conforme al Convenio del CIADI y su Reglamento Adicional. Los laudos del CIADI cuentan con un mecanismo de ejecución autónomo, aplicable en todos los Estados contratantes.

CNUDMI

Los procedimientos entre inversores y Estados conforme al Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI son aplicables a menudo cuando el Estado anfitrión no es parte contratante del CIADI o cuando el tratado especifica a la CNUDMI como marco procesal.

Anulación y revocación

Procedimientos posteriores al laudo, incluidas las solicitudes de anulación ante el CIADI en virtud del artículo 52 y los procedimientos de revocación ante los tribunales nacionales en la sede del arbitraje.

Aplicación

Ejecución transfronteriza de los laudos sobre inversiones en virtud del Convenio del CIADI, el Convenio de Nueva York y los tratados bilaterales y multilaterales aplicables.

ESTRATEGIA

Consideraciones estratégicas

Dimensiones propias del arbitraje entre inversores y Estados que requieren un criterio especializado.

Contexto político y soberano

Las controversias entre inversores y Estados surgen en un contexto soberano. Asesoramos sobre las dimensiones políticas de las reclamaciones derivadas de tratados, incluyendo el impacto de la sucesión estatal, el cambio de régimen y las consideraciones diplomáticas en la estrategia de reclamación.

Procedimientos paralelos

Las reclamaciones derivadas de tratados suelen estar interrelacionadas con litigios nacionales, procedimientos regulatorios y arbitrajes comerciales. Coordinamos entre los distintos foros para garantizar la coherencia y proteger la posición del inversor.

Riesgos de aplicación de la ley

La ejecución de los laudos de inversión puede verse obstaculizada por la inmunidad soberana y por obstáculos políticos. Evaluamos los riesgos de ejecución desde el principio y diseñamos una estrategia de reclamación para maximizar la recuperación posterior a la adjudicación.

Financiación de terceros

Cuando procede, asesoramos sobre la disponibilidad y la estructura de los acuerdos de financiación con terceros. Mantenemos relaciones con los principales financiadores de litigios y ofrecemos orientación independiente sobre las condiciones de financiación.

EXPERIENCIA

Asuntos representativos

Seleccione interacciones anónimas. Las descripciones son neutrales y no revelan detalles confidenciales. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

EnergyICSID

Reclamación derivada de la expropiación regulatoria de una concesión energética: fases jurisdiccional y de fondo.

Renewable EnergyICSID

Reclamación de FET derivada de cambios retroactivos en el régimen de tarifas de alimentación de energías renovables.

Financial ServicesUNCITRAL

Reclamación por expropiación indirecta relacionada con la reestructuración forzosa de una institución financiera por parte del regulador del Estado anfitrión.

MiningICSID Additional Facility

Denegación de justicia y reclamaciones por trato justo y equitativo derivadas de la revocación de concesiones mineras e injerencia judicial.

InfrastructureUNCITRAL

Reclamaciones por expropiación y trato justo y equitativo relacionadas con la terminación de asociaciones público-privadas en infraestructura de transporte.

TelecommunicationsICSID

Reclamaciones por trato nacional y trato justo y equitativo derivadas del trato regulatorio discriminatorio a operadores de telecomunicaciones extranjeros.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera una "inversión protegida" según un tratado de inversión?

Las definiciones de los tratados varían, pero la mayoría abarca una amplia gama de activos, incluyendo participaciones accionariales, derechos contractuales, concesiones, licencias y propiedad intelectual. Algunos tratados adoptan los criterios de Salini, que exigen una contribución, una duración determinada, la asunción de riesgos y la contribución a la economía del Estado anfitrión. Realizamos un análisis detallado de cada posible reclamación.

Los procedimientos del CIADI suelen durar entre 3 y 5 años desde la inscripción hasta el laudo, incluyendo las fases de jurisdicción y fondo. Los procedimientos de la CNUDMI pueden ser algo más rápidos, dependiendo del calendario procesal. La separación de las fases de jurisdicción y fondo puede alargar los plazos, pero puede resultar estratégicamente ventajosa.

Los costos incluyen tasas institucionales (inscripción y alojamiento ante el CIADI), tasas del tribunal, honorarios legales, honorarios de peritos y gastos de audiencia. El costo total varía considerablemente según la complejidad del caso, pero suele oscilar entre 2 y 15 millones de dólares por parte en un caso importante. Ofrecemos presupuestos detallados y proyecciones de costos por fases.

Sí. Los laudos del CIADI son directamente ejecutables en todos los Estados contratantes del CIADI conforme al Convenio del CIADI. Los laudos que no son del CIADI son ejecutables conforme al Convenio de Nueva York. La ejecución puede enfrentar defensas basadas en la inmunidad soberana, lo que exige una estrategia cuidadosa en cuanto a la identificación de activos y la selección de la jurisdicción.

Los financiadores externos proporcionan capital para cubrir los gastos legales a cambio de una participación en la indemnización obtenida. Esta financiación puede posibilitar reclamaciones fundadas que, de otro modo, serían prohibitivas por su coste. Ofrecemos asesoramiento sobre la selección del financiador, la negociación de los términos y las obligaciones de divulgación conforme a la normativa institucional aplicable.

En la mayoría de los casos, sí, sujeto a las disposiciones de resolución de controversias del tratado. Algunos tratados contienen cláusulas que obligan al inversor a elegir entre los tribunales nacionales y el arbitraje internacional. Asesoramos sobre la coordinación de procedimientos paralelos para proteger las opciones del inversor.

No se trata del mismo asunto. La firma actúa como asesora legal o árbitro, según el caso, y cuenta con amplia experiencia en cada función, sujeta a las normas de independencia y de conflictos de intereses aplicables.

La información de esta página se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento legal. El uso de este sitio web no crea una relación abogado-cliente. Todos los encargos están sujetos a una verificación de conflictos de intereses y a la firma de un contrato de servicios legales. Los resultados anteriores no garantizan resultados similares.