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Concepción Global Law

La Ley de Transparencia Corporativa finalmente está en vigor: lo que usted debe saber.

I. Resumen ejecutivo:

La Ley de Transparencia Corporativa (CTA, por sus siglas en inglés) entró en vigor finalmente el 1 de enero de 2024. Promulgada en 2021, la CTA exige que ciertas entidades estadounidenses y extranjeras divulguen información beneficiosa con el fin de combatir actividades ilícitas, como el blanqueo de capitales, el fraude fiscal y la financiación del terrorismo.

En virtud de la CTA, determinadas empresas nacionales y extranjeras están obligadas a revelar información sobre sus beneficiarios finales ("BO") y las personas que presentan documentación en nombre de la empresa ("un solicitante de la empresa") a la Red de Control de Delitos Financieros ("FinCEN") del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.

Esta alerta abordará qué entidades están sujetas a la obligación de informar y cuáles están exentas, quiénes deben presentar la información y qué datos deben reportarse. Además, se explicará quién tiene acceso al informe, cuándo vence y las sanciones por incumplimiento civil y penal. Finalmente, se incluirá un breve análisis de la Ley de Transparencia de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Nueva York, recientemente promulgada.

II. ¿Qué es una empresa de informes?

Se estima que 32 millones de entidades están obligadas a informar a FinCEN sobre la información relativa a la titularidad real ("BOI") de una amplia gama de entidades estadounidenses y extranjeras. Una entidad obligada a informar es una empresa informante ("Empresa Informante"). Una Empresa Informante incluye lo siguiente:

Entidades nacionales

  • una corporación estadounidense,

  • una sociedad de responsabilidad limitada estadounidense, o

  • cualquier otra entidad creada mediante la presentación de un documento ante un secretario de estado o cualquier oficina similar bajo la ley de un estado o tribu indígena.

Entidades Extranjeras

  • una corporación, sociedad de responsabilidad limitada u otra entidad formada bajo la ley de un país extranjero, y

  • Registrada para hacer negocios en cualquier estado de EE. UU. o en cualquier jurisdicción tribal, mediante la presentación de un documento ante un secretario de estado o cualquier oficina similar conforme a la ley de un estado de EE. UU. o tribu indígena.

Es importante destacar que la mera constitución de una entidad en los EE. UU. la someterá a los requisitos de información de la CTA, con algunas exenciones limitadas.

III. ¿Quién debe informar a FinCEN?

Propietarios beneficiarios

Las personas que (1) poseen o controlan directa o indirectamente el 25% o más de una Compañía Informante o (2) ejercen un control sustancial sobre la Compañía Informante están obligadas a completar el formulario BOI.

Una persona tiene control si dicha persona se desempeña como alto funcionario, tiene autoridad sobre el nombramiento o la destitución de cualquier alto funcionario o de la mayoría del consejo de administración u órgano similar, tiene influencia sustancial sobre decisiones comerciales, financieras o corporativas importantes o tiene un control sustancial indirecto o directo similar, incluso a través de la representación en el consejo o el control sobre entidades intermediarias que ejercen un control sustancial.

Se considera que una persona física controla la Compañía Informante cuando posee o controla una participación en una entidad mediante un contrato, acuerdo, entendimiento, relación o de cualquier otra forma, incluso mediante la propiedad o el control de entidades intermediarias que poseen o controlan por separado las participaciones de la entidad.

Solicitantes de la empresa

Los solicitantes de la empresa son las personas físicas que presentan el documento para crear o registrar la empresa informante y la persona que es la principal responsable de dirigir y controlar la presentación.

IV. ¿Qué entidades están exentas de presentar informes?

La CTA estableció exenciones para la presentación de informes BOI a FinCEN para categorías específicas de entidades. El solicitante aún deberá presentar una certificación por escrito ante FinCEN que identifique claramente la exención de divulgación. Algunas de las 23 entidades que no presentan informes son las siguientes:

  • entidades financieras que rinden cuentas a las autoridades gubernamentales, es decir, instituciones bancarias, cooperativas de crédito, asesores de inversión, fondos de capital de riesgo, firmas de contabilidad pública y compañías de seguros;

  • cualquier vehículo de inversión colectiva que sea operado o asesorado por una entidad financiera exenta de las descritas anteriormente;

  • Sociedades fiduciarias privadas reguladas (PTC reguladas);

  • Organizaciones 501(c), que pueden incluir fundaciones privadas;

  • empresas individuales y sociedades colectivas;

  • Grandes empresas con al menos 20 empleados a tiempo completo, ingresos brutos superiores a 5 millones de dólares estadounidenses y una presencia sustancial en Estados Unidos;

  • empresas inactivas creadas antes del 1 de enero de 2020, excluyendo las entidades de propiedad extranjera, las empresas con ingresos anuales superiores a 1.000 USD y aquellas que hayan tenido cambios recientes en su propiedad; y

  • filiales de las entidades exentas (excepto la sociedad de inversión colectiva).

El texto de la CTA incluye criterios específicos para las exenciones, los cuales deben analizarse caso por caso antes de determinar si una entidad reúne los requisitos para una exención. Muchas de estas entidades exentas quedan excluidas de la CTA porque ya están reguladas por los requisitos de información del gobierno federal y/o estatal (por ejemplo, bajo la SEC).

V. Qué BOI debe ser reportado

Propietario beneficiario

El beneficiario final debe proporcionar su nombre, dirección residencial o comercial actual, fecha de nacimiento y un número de identificación (como el número de licencia de conducir o el número de pasaporte estadounidense o extranjero vigente) (con una fotografía para quienes no posean una identificación, licencia de conducir o pasaporte estadounidense). Alternativamente, el beneficiario final puede proporcionar su identificador FinCEN (ver más abajo).

La empresa de informes

La empresa declarante debe indicar su nombre, su denominación social (si corresponde), dirección, número de identificación fiscal (NIF) o NIF extranjero, jurisdicción de constitución/registro y si se trata de una declaración inicial, una corrección o una actualización. Alternativamente, la empresa declarante puede proporcionar su identificador FinCEN (véase más abajo).

Solicitantes de la empresa

La persona que presenta el documento que crea o constituye la Compañía Informante conforme a la legislación local es el Solicitante de la Compañía. En el caso de una Compañía Informante extranjera, el Solicitante de la Compañía es la persona que presenta el documento que registra por primera vez a dicha entidad extranjera para operar en los Estados Unidos. Cualquier persona que dirija o controle la presentación de un documento de creación o registro de una entidad por parte de otra persona también es un Solicitante de la Compañía.

VI. Identificadores FinCEN para la presentación de informes simplificados

Las personas físicas y las empresas declarantes pueden considerar solicitar un identificador FinCEN para llevar un registro de la información que reportan. Para las personas físicas, este número se denomina "identificador FinCEN individual" y para las empresas declarantes, "identificador FinCEN de entidad" (en conjunto, "identificador FinCEN"). Un identificador FinCEN simplificaría la presentación de informes, ya que, en algunos casos, puede proporcionarse en lugar del BOI.

Si una persona ha obtenido un Identificador FinCEN individual y lo ha proporcionado a una empresa informante, esta puede incluir el Identificador FinCEN en su informe en lugar del BOI. Además, un Identificador FinCEN individual permitiría a dichas personas enviar información personal directamente a FinCEN en lugar de proporcionarla a todas las empresas informantes que deben reportar sobre ellas.

En cuanto al identificador FinCEN de la entidad, una empresa informante puede informar el identificador FinCEN y el nombre legal completo de otra entidad en lugar de la información requerida con respecto a los BO de la empresa informante si: (1) dicha entidad ha obtenido un identificador FinCEN y lo ha proporcionado a la empresa informante; (2) una persona es o puede ser un BO de la empresa informante en virtud de un interés en la empresa informante que la persona posee a través de la entidad; y (3) el BO de la entidad y de la empresa informante son las mismas personas.

VII. ¿Quién tiene acceso a BOI?

La información de interés público (BOI) puede divulgarse a cinco (5) tipos de destinatarios:

  • Agencias gubernamentales federales, estatales, locales y tribales de EE. UU. que solicitan BOI para fines específicos;

  • organismos policiales extranjeros, jueces, fiscales, autoridades centrales y autoridades competentes;

  • Instituciones financieras (“IF”) que utilizan BOI para facilitar el cumplimiento de los requisitos de debida diligencia del cliente (“DDC”) conforme a la legislación aplicable;

  • Los reguladores funcionales federales y otros organismos reguladores apropiados que actúan en calidad de supervisores y evalúan a las instituciones financieras para verificar el cumplimiento de los requisitos de diligencia debida del cliente; y

  • el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, que por supuesto incluye el Servicio de Impuestos Internos ("IRS") y la Oficina de Control de Activos Extranjeros ("OFAC").

La información sobre la titularidad real se almacenará en una base de datos federal con capacidad de búsqueda, cuyo acceso está restringido a las fuerzas del orden o a fines de seguridad nacional o inteligencia. Este sistema se denomina Sistema Seguro de Titularidad Real (BOSS).

VIII. Sanciones por no presentar la solicitud

Sanciones civiles

Las entidades que no informen la información requerida sobre sus beneficiarios finales, o que informen información incorrecta o incompleta, se enfrentan a multas de hasta 500 dólares diarios hasta que se corrija la infracción.

Sanciones penales

En los casos en que se determine que el incumplimiento es intencional o está acompañado de dolo, se podrán imponer sanciones penales. Esto incluye los casos en los que se presente información falsa o engañosa a sabiendas. Los infractores pueden enfrentar multas de hasta 10 000 dólares estadounidenses y penas de prisión de hasta dos años.

La severidad de estas sanciones es un claro indicio de la seriedad con la que el gobierno considera el cumplimiento de la Ley de Transacciones Químicas.

IX. ¿Cuándo vence el plazo para presentar un informe de la BOI?

Para entidades creadas antes del 1 de enero de 2024:

Las empresas declarantes creadas o registradas para operar antes del 1 de enero de 2024 tendrán hasta el 1 de enero de 2025 para presentar su informe inicial sobre la titularidad real.

Para entidades creadas entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024:

Las empresas nuevas creadas o registradas a partir del 1 de enero de 2024 tienen 90 días para presentar los informes iniciales ante la BOI (Junta de Inversiones de Irlanda) desde el momento en que la empresa recibe la notificación de que su creación o registro es efectivo, o después de que un secretario de estado u oficina similar publique un aviso público de su creación o registro, lo que ocurra primero.

Para entidades creadas a partir del 1 de enero de 2025:

Únicamente dentro de los 30 días posteriores a la notificación de creación o registro.

Informes en curso:

La obligación de informar implica la presentación ante FinCEN de una declaración anual que contiene una lista de:

  • los actuales beneficiarios finales de la corporación o sociedad de responsabilidad limitada y la información de cada beneficiario final; y

  • cualquier cambio en los beneficiarios finales de la corporación o sociedad de responsabilidad limitada durante el año anterior (pero no cambios en los solicitantes); y

  • Actualizar la lista de los beneficiarios finales de la corporación o sociedad de responsabilidad limitada dentro de los 30 días.

Las empresas declarantes disponen de 30 días para notificar cualquier cambio en la información contenida en sus informes presentados previamente. La información inexacta en dichos informes deberá corregirse en un plazo de 30 días a partir del momento en que la empresa declarante tenga conocimiento o motivos para saber de la inexactitud de la información en informes anteriores.

En conclusión, la CTA exigirá informes anuales y continuos, así como un análisis previo para identificar a los beneficiarios finales según los estrictos criterios de "control sustancial" o "beneficios", basados en las directrices en constante evolución de FinCEN. El incumplimiento, ya sea por no informar o por presentar informes incompletos o incorrectos, puede exponer a las personas a sanciones civiles y penales, con un plazo de 30 días para corregir la situación. Por ello, la CTA se convierte en una prioridad tanto para las pequeñas como para las grandes entidades, que deberán examinar su situación de exención y presentar una certificación ante FinCEN para evitar el incumplimiento.

X. La versión neoyorquina de la CTA: La Ley de Transparencia de las LLC de Nueva York

Nueva York promulgó su propia versión de la Ley de Transparencia de Sociedades de Responsabilidad Limitada (CTA, por sus siglas en inglés), denominada Ley de Transparencia de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Nueva York (en adelante, la "Ley de Nueva York"), que entró en vigor el 23 de diciembre de 2023. La Ley de Nueva York se aplica a las sociedades de responsabilidad limitada constituidas conforme a las leyes de Nueva York y a las entidades extranjeras registradas para operar en Nueva York. La Ley de Nueva York es considerablemente más restrictiva que la CTA, ya que esta última abarca un mayor número de entidades, incluyendo corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades colectivas de responsabilidad limitada, sociedades en comandita, fideicomisos mercantiles y la mayoría de las sociedades en comandita.

La Ley de Nueva York establece que las empresas declarantes deben proporcionar al Departamento de Estado del Estado de Nueva York (DOS) el nombre legal completo, la fecha de nacimiento y la dirección comercial actual de cada beneficiario final. Las empresas declarantes pueden cumplir con los requisitos de Nueva York presentando una copia del formulario BOI registrado ante FinCEN.

Las empresas declarantes del estado de Nueva York deben presentar el formulario BOI requerido ante el Departamento de Estado, y las empresas exentas deben presentar una declaración de exención ante el Departamento de Estado:

  • Para el 1 de enero de 2025, si la empresa se constituyó o está autorizada para operar en Nueva York en la fecha de entrada en vigor de la Ley o antes de dicha fecha.

  • Con los estatutos de organización, si una LLC nacional se formó después de la fecha de entrada en vigor de la Ley.

  • Con la solicitud de autorización para hacer negocios en Nueva York, si una LLC extranjera se calificó en Nueva York después de la fecha de entrada en vigor de la Ley.

Cualquier cambio en el BOI de una LLC de Nueva York debe notificarse al Departamento de Estado en un plazo de 90 días. Las entidades extranjeras registradas para operar en Nueva York deben modificar su solicitud para operar en el estado cada vez que haya un cambio en el BOI.

Una diferencia alarmante entre la Ley de Impuestos sobre la Renta (CTA) y la Ley de Nueva York (NY Act) radica en la base de datos de beneficiarios finales (BOI) que esta última crea. Mientras que la base de datos de la CTA se mantiene en una base de datos privada, accesible solo en determinadas circunstancias por entidades autorizadas, parte de la información de los beneficiarios finales bajo la Ley de Nueva York se hará pública. Los nombres legales completos y las direcciones comerciales actuales de los beneficiarios finales se incluirán en una base de datos pública administrada por el Departamento de Estado (DOS). Sin embargo, los beneficiarios finales de las empresas declarantes pueden alegar un interés importante en la privacidad y solicitar una exención para que su nombre, dirección comercial o ambos no aparezcan en la base de datos, de acuerdo con los procedimientos que establezca el DOS.

Esta alerta informativa no constituye asesoramiento legal y solo contiene contenido informativo.

Para obtener ayuda para determinar sus requisitos de presentación de informes con respecto a las regulaciones federales o estatales y los requisitos adicionales bajo la CTA, comuníquese con:

Christine Alexis Concepción, Esq., Socia